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Los interesados debern acreditar el esquema de vacunacin completo. Foto: Alejandro Amdan.
El Gobierno nacional exceptu este viernes de realizar la cuarentena a los argentinos que hubieran viajado al exterior por «razones laborales o comerciales», al solo efecto de «la reanudacin de dichas actividades en el pas».
Lo hizo mediante la Decisin Administrativa 846/2021, publicada en el Boletn Oficial, con la firma de el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y de la ministra de Salud, Carla Vizzotti.
La excepcin de cumplir la cuarentena «prevista en el artculo 7, inciso d) del Decreto N 260/20 y sus normas modificatorias» aplica a quienes hubieran «viajado al exterior por razones laborales o comerciales» y al «solo efecto de la reanudacin de dichas actividades en territorio argentino», indica el primer artculo de la norma.
Para estar exentos, los interesados se debern cumplir adems «requisitos» entre los que se encuentran «acreditar esquema de vacunacin completo, con una antelacin de por lo menos 21 das a su ingreso al pas».
Las personas vacunadas en territorio nacional lo consignarn en la declaracin jurada exigida por la Direccin Nacional de Migraciones mientras que quienes se hubieran vacunado en el exterior, lo acreditarn con la documentacin respaldatoria”
Las personas vacunadas en territorio nacional lo consignarn en la declaracin jurada exigida por la Direccin Nacional de Migraciones mientras que quienes se hubieran vacunado en el exterior, lo acreditarn con la documentacin respaldatoria que adjuntarn a la declaracin jurada.
Adems, «adicionalmente a la prueba PCR negativa en origen» realizada dentro de las 72 horas previas al embarque y al test de antgenos exigido al ingreso al pas, «debern realizarse dos pruebas PCR, una al quinto da y la otra al dcimo da, computados desde la realizacin del primer test, cuyos resultados debern ser negativos».
El costo de los tests a los que se ha hecho referencia quedar a cargo de la persona que ingrese al pas.
Tambin debern «desarrollar sus actividades laborales y/o comerciales extremando la observancia de las medidas de prevencin y cuidado, por el plazo de 10 das computados desde la toma de muestra de la prueba PCR negativa en origen, realizada dentro de las 72 horas previas al embarque».
Se deber consignar en la declaracin jurada el «motivo laboral y/o comercial del viaje de que se trate y los datos del empleador, contraparte comercial o referente de la actividad comercial y/o laboral en cuestin, adjuntando la certificacin”
Asimismo, se deber consignar en la declaracin jurada el «motivo laboral y/o comercial del viaje de que se trate y los datos del empleador, contraparte comercial o referente de la actividad comercial y/o laboral en cuestin, adjuntando la certificacin y/o la documentacin respaldatoria pertinentes».
Dicha documentacin deber ser conservada por el ingresante al pas, para su exhibicin a requerimiento de la autoridad competente.
En tanto, la jurisdiccin del domicilio del ingresante deber controlar el cumplimiento de esta disposicin.
Por otra parte, el artculo 2 de la resolucin establece que las personas extranjeras no residentes autorizadas para desarrollar una actividad laboral o comercial esencial para la que fueron convocadas, «no debern cumplir con la cuarentena prevista en la Decisin Administrativa N 2252/20, y normativa complementaria, en tanto den cumplimiento a las condiciones establecidas en el artculo 1 de la presente».
En tanto, la Direccin Nacional de Migraciones, dictar las normas complementarias.
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